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Informes de valoración de empresas

Un número que aguanta delante del comprador, del socio que se separa, del juez y de la Administración tributaria. Con método declarado, hipótesis justificadas y trazabilidad completa.

Valoración de empresas — Torreón Legal

Cuándo hace falta una valoración

  • Compraventa de empresa o de participaciones, tanto para fijar el precio como para contrastar el que propone la otra parte.
  • Separación o exclusión de socios, donde la ley obliga a determinar el valor razonable de las participaciones.
  • Entrada de inversores y ampliaciones de capital con prima de emisión.
  • Sucesión y planificación patrimonial, herencias, donaciones y pactos familiares.
  • Reorganizaciones societarias: canje de participaciones, aportaciones no dinerarias, fusiones y escisiones.
  • Operaciones vinculadas y comprobaciones de valor de la Administración tributaria.
  • Litigios entre socios, con la empresa o con terceros.

Métodos que aplicamos

MétodoCuándo es adecuado
Descuento de flujos de cajaEmpresas en funcionamiento con capacidad de generar caja y proyecciones razonablemente sustentables. Es el método de referencia y normalmente el principal.
Múltiplos comparablesContraste del resultado anterior mediante transacciones y compañías comparables del sector. Muy útil como validación externa.
Valor patrimonial ajustadoSociedades patrimoniales, holdings de inmuebles o empresas sin capacidad de generación de caja sostenida.
Valor de liquidaciónEscenarios de cese de actividad, disolución o análisis del suelo del rango de valoración.

Rara vez un solo método basta. Lo habitual es calcular por dos o tres vías, contrastar los resultados y explicar de forma razonada por qué se pondera de una determinada manera. Un informe que arroja una cifra única sin rango ni contraste es un informe débil.

Los puntos donde se pierden las valoraciones

  • Proyecciones no sustentadas. Un plan de negocio con crecimientos que no tienen soporte histórico ni contractual se desmonta de inmediato.
  • Tasa de descuento sin justificar. Cada componente de la tasa debe tener su fuente y su fecha.
  • Ajustes de normalización no explicados. Retribuciones de socios, operaciones vinculadas, gastos no recurrentes o activos no afectos deben ajustarse y documentarse uno a uno.
  • Ignorar la deuda financiera neta y los ajustes de circulante al pasar del valor de empresa al valor de los fondos propios.
  • No aplicar descuentos por falta de control o de liquidez cuando se valora una participación minoritaria y no la totalidad.

En separación de socios y en comprobaciones de valor, la mayoría de los conflictos no versan sobre el método, sino sobre los ajustes de normalización. Ahí es donde el informe se gana o se pierde.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la valoración

¿Vale con multiplicar el beneficio por un número?

Como referencia rápida de mercado puede orientar, pero no sirve como informe. Los múltiplos dependen del sector, del tamaño, del crecimiento, del riesgo y de la estructura financiera, y aplicados sin ajustes producen desviaciones enormes. Los usamos, pero como contraste del resultado obtenido por descuento de flujos, no como método único.

Mi socio quiere salir y no nos ponemos de acuerdo en el precio. ¿Qué hacemos?

Lo primero es revisar los estatutos y el pacto de socios, porque muchas veces ya contienen el método de valoración pactado, y en ese caso hay que aplicarlo. Si no lo hay, la ley remite al valor razonable, determinado por un experto independiente designado por el registrador mercantil. Un informe previo bien fundamentado sitúa la negociación y, con frecuencia, evita tener que llegar a esa designación.

¿Sirve la misma valoración para vender y para Hacienda?

La metodología puede ser la misma, pero el enfoque cambia. Una valoración para negociar una venta admite escenarios y rangos amplios; una valoración destinada a soportar el valor de mercado de una operación vinculada debe ser más conservadora, estar más documentada y anticipar las objeciones que planteará la Administración. Conviene decirnos desde el principio para qué se va a usar.

¿Qué documentación necesitáis?

Cuentas anuales de los tres o cuatro últimos ejercicios, balance y resultados actualizados, detalle de la deuda financiera, composición del circulante, relación de activos no afectos, contratos relevantes con clientes y proveedores y, si existe, el plan de negocio. Con eso podemos empezar; el resto lo pedimos durante el trabajo.

¿Lo tienes en regla?

Cuéntanos a qué se dedica tu negocio y cuántas personas trabajan contigo. Te decimos qué te obliga la ley, qué te falta y cuánto cuesta ponerlo en orden. Sin compromiso.