Saltar al contenido

Igualdad y diversidad en la empresa

Planes de igualdad, registro y auditoría retributiva y medidas LGTBI. Negociados como exige la norma, con diagnóstico real y registrados donde corresponde.

Igualdad y diversidad
Comparativa

Qué documento necesitas y cuándo

DocumentoUmbralNorma y particularidad
Registro retributivoSin umbralRD 902/2020. Anual, con medias y medianas y justificación si la brecha supera el 25%.
Protocolo de acoso sexualSin umbralArt. 48 LO 3/2007. Exige difusión acreditada, no solo existencia.
Plan de igualdad50 o másRD 901/2020. Negociado, con diagnóstico y registro obligatorio en REGCON.
Auditoría retributiva50 o másRD 902/2020. Contenido obligatorio del plan de igualdad.
Plan LGTBIMás de 50Ley 4/2023 y RD 1026/2024. Obligación reciente y muy incumplida.
Protocolo LGTBIMás de 50 o convenioIntegrado en las medidas LGTBI, con datos de categoría especial.

El cómputo de plantilla se realiza sobre el total de la empresa, no por centro de trabajo, e incluye contratos temporales y personal puesto a disposición por empresas de trabajo temporal conforme a las reglas específicas de cada norma.

Preguntas frecuentes

Sobre este bloque

Acabamos de llegar a 50 personas. ¿Qué hacemos primero?

Iniciar el procedimiento de negociación del plan de igualdad, que tiene un plazo de tres meses desde que se alcanza el umbral. Y en paralelo, poner en marcha el canal de denuncias y las medidas LGTBI, que se activan en el mismo tramo. Es un momento de mucha carga documental y conviene planificarlo en un calendario único para no duplicar reuniones ni interlocuciones.

¿Se pueden negociar el plan de igualdad y el plan LGTBI a la vez?

Son procedimientos distintos y con documentos distintos, pero pueden coordinarse en un mismo calendario y con la misma interlocución sindical, lo que ahorra tiempo y coste. Es lo que hacemos habitualmente cuando ambas obligaciones se activan al mismo tiempo.

Nuestra plantilla oscila alrededor de 50 personas. ¿Estamos obligados?

El cómputo debe realizarse en los momentos que fija la norma, al menos el último día de junio y de diciembre, y una vez alcanzado el umbral la obligación se mantiene aunque la plantilla descienda después, mientras el plan esté vigente. Por eso conviene documentar el cálculo cada semestre y no confiar en la impresión general.

¿Lo tienes en regla?

Cuéntanos a qué se dedica tu negocio y cuántas personas trabajan contigo. Te decimos qué te obliga la ley, qué te falta y cuánto cuesta ponerlo en orden. Sin compromiso.