Sanciones por incumplimiento normativo
No es por asustarte: es por protegerte. Estas son las cuantías reales que están en juego, obligación por obligación, con la norma que las impone y quién las aplica.
Las cuantías que siguen son las horquillas máximas previstas en la normativa vigente. La sanción efectiva depende de la graduación —intención, reiteración, perjuicio causado, volumen de negocio, número de personas afectadas— y en la práctica rara vez alcanza el máximo legal. Pero incluso en su grado mínimo, casi todas superan con holgura el coste de haber preparado la documentación.
Y hay un dato que se olvida: además de la multa, muchos incumplimientos conllevan sanciones accesorias —pérdida de bonificaciones, devolución de ayudas, prohibición de contratar con el sector público— que en muchos casos duelen más que la propia sanción económica.
Privacidad, ciberseguridad y blanqueo
| Incumplimiento | Sanción | Norma y autoridad |
|---|---|---|
| Protección de datos — infracciones muy graves | Hasta 20.000.000 € o el 4% del volumen de negocio anual global, la mayor de las dos | Art. 83.5 RGPD. Agencia Española de Protección de Datos. |
| Protección de datos — infracciones graves | Hasta 10.000.000 € o el 2% del volumen de negocio anual global | Art. 83.4 RGPD. AEPD. |
| No designar DPO cuando es obligatorio | Hasta 10.000.000 € o el 2% | Arts. 37 y 83.4 RGPD. AEPD. |
| Cookies y textos legales de la web | Hasta 150.000 € en infracciones graves | Ley 34/2002 (LSSI-CE). AEPD. |
| Blanqueo de capitales — muy graves | Hasta 10.000.000 € o el 10% del volumen de negocio anual, más amonestación pública | Ley 10/2010. SEPBLAC y Comisión de Prevención. |
| Blanqueo de capitales — graves | Hasta 5.000.000 € | Ley 10/2010. |
| NIS2 — entidades esenciales | Hasta 10.000.000 € o el 2% del volumen de negocio mundial | Directiva (UE) 2022/2555 y transposición. |
| NIS2 — entidades importantes | Hasta 7.000.000 € o el 1,4% | Directiva (UE) 2022/2555. Incluye responsabilidad personal de la dirección. |
| ENS — falta de conformidad | Exclusión de licitaciones y posible resolución contractual | RD 311/2022 y Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. |
Orden social
Las sanciones del orden social se rigen por la LISOS (RDLeg. 5/2000), cuyas cuantías fueron actualizadas de forma sustancial por la Ley 15/2022. Las infracciones en materia de igualdad y acoso están entre las más elevadas de todo el ordenamiento laboral.
| Incumplimiento | Sanción | Norma y autoridad |
|---|---|---|
| No adoptar medidas frente al acoso | Infracción muy grave: hasta 225.018 € | LISOS y LO 3/2007. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. |
| No elaborar o no aplicar el plan de igualdad | Grave o muy grave según el caso, hasta 225.018 € | LISOS y RD 901/2020. ITSS. |
| Discriminación retributiva | Infracción muy grave: hasta 225.018 €, más abono de diferencias salariales | LISOS y RD 902/2020. |
| No llevar el registro retributivo | Infracción grave: hasta 7.500 € | LISOS y RD 902/2020. |
| No adoptar las medidas LGTBI | Hasta 225.018 € por LISOS; hasta 150.000 € por el régimen propio de la Ley 4/2023 | Ley 4/2023 y RD 1026/2024. |
| No disponer de canal de denuncias | Muy grave: de 600.001 € a 1.000.000 € para personas jurídicas | Ley 2/2023. Autoridad Independiente de Protección del Informante. |
| No llevar el registro de jornada | Infracción grave: hasta 7.500 €, con consideración del número de personas afectadas | Art. 34.9 ET y LISOS. ITSS. |
| Acuerdo de teletrabajo sin formalizar | Infracción grave: hasta 7.500 € | Ley 10/2021 y LISOS. |
| No tener política de desconexión digital | Grave: hasta 7.500 € | Art. 88 LOPDGDD y LISOS. |
| Prevención de riesgos — muy graves | Hasta 983.736 €, más recargo de prestaciones del 30% al 50% | Ley 31/1995 y LISOS. Puede alcanzar responsabilidad penal. |
Otros regímenes
| Incumplimiento | Consecuencia | Norma |
|---|---|---|
| Ausencia de modelo de prevención de delitos | Multa proporcional al beneficio, suspensión de actividades, clausura, prohibición de contratar, pérdida de subvenciones y hasta disolución | Arts. 31 bis y 33 del Código Penal. |
| Falta de documentación de operaciones vinculadas | Sanción específica por dato y conjunto de datos, más sanción proporcional si hay ajuste y ajuste secundario | Art. 18.13 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. |
| Libros no legalizados | Pérdida de valor probatorio y posible calificación culpable del concurso | Código de Comercio y Ley Concursal. |
| Cuentas anuales no depositadas | Cierre de la hoja registral y sanción del ICAC | Ley de Sociedades de Capital. |
| Huella de carbono y movilidad | Sanciones del régimen de cambio climático estatal y autonómico, más pérdida de puntuación en licitaciones | Ley 7/2021 y normativa autonómica. |
| Informe de sostenibilidad | Afecta al depósito de cuentas y genera responsabilidad de administradores | Directiva (UE) 2022/2464 y normativa contable. |
| Greenwashing | Sanción por prácticas comerciales desleales y acciones de competidores | Directiva (UE) 2024/825 y Ley 3/1991. |
Las consecuencias que más duelen no son la multa
- Prohibición de contratar con el sector público. Determinadas infracciones graves y muy graves en materia social y de igualdad llevan aparejada esta consecuencia. Para una empresa que vive de licitaciones, es letal.
- Pérdida y devolución de ayudas y bonificaciones. Bonificaciones a la contratación, ayudas a la formación y subvenciones pueden perderse y exigirse de vuelta con intereses.
- Inversión de la carga probatoria. Sin registro de jornada, sin protocolo o sin expediente instruido, la empresa afronta la reclamación individual sin ninguna prueba de su lado.
- Efecto acumulativo. Un incumplimiento detectado abre la puerta a la comprobación del resto. Las actuaciones inspectoras rara vez se limitan a lo que motivó la visita.
- Responsabilidad personal. En prevención de riesgos, NIS2, blanqueo y materia concursal, la responsabilidad puede alcanzar personalmente a administradores y directivos.
- Reputación. Determinadas sanciones se publican, y los grandes clientes preguntan por ellas en los procesos de homologación de proveedores.
La comparación que importa
Preparar el bloque completo de documentación de una pyme de menos de cincuenta personas cuesta una fracción de la sanción mínima de cualquiera de las infracciones graves de esta página.
Y a diferencia de la sanción, es un gasto que se planifica, se deduce y se hace una sola vez.
La documentación no evita que llegue la inspección. Evita que la inspección acabe en acta.
Sobre las sanciones
¿De verdad multan a las pymes pequeñas?
Sí, aunque no con las cuantías máximas. La graduación tiene en cuenta el volumen de negocio y la intencionalidad, de modo que en una pyme las sanciones efectivas suelen situarse en la parte baja de la horquilla. Pero «la parte baja» de una infracción grave en materia laboral sigue siendo varios miles de euros, y en protección de datos las resoluciones publicadas por la AEPD contra autónomos y micropymes son numerosas.
¿Puedo arreglarlo cuando llegue la inspección?
Depende. En algunas materias el actuario formula un requerimiento con plazo de subsanación antes de levantar acta, y ahí sí hay margen. En otras —registro de jornada, ausencia de protocolo de acoso, ausencia de plan de igualdad— se levanta acta directamente porque la infracción ya se ha consumado. Lo que nunca funciona es fabricar documentación con fecha anterior.
¿Y si nadie me denuncia nunca?
Es posible. Pero la mayoría de los expedientes no nacen de una campaña de inspección, sino de un hecho concreto: un trabajador que se va mal, un cliente molesto, un accidente, un competidor o una reclamación por horas extraordinarias. Nadie planifica esos hechos, y cuando ocurren la documentación ya no se puede preparar.
¿Las sanciones prescriben?
Sí, con plazos distintos según la materia y la gravedad. Pero la prescripción se cuenta desde la comisión de la infracción y, en las obligaciones de carácter permanente —como no tener un protocolo o un registro—, la infracción se sigue cometiendo cada día que persiste la situación, de modo que en la práctica no prescribe mientras dure el incumplimiento.
Las cuantías indicadas corresponden a los límites máximos previstos en la normativa vigente en la fecha de publicación de esta página y tienen carácter meramente informativo. No constituyen asesoramiento jurídico ni sustituyen al análisis del caso concreto. La sanción aplicable depende de la calificación, la graduación y las circunstancias de cada expediente.
¿Lo tienes en regla?
Cuéntanos a qué se dedica tu negocio y cuántas personas trabajan contigo. Te decimos qué te obliga la ley, qué te falta y cuánto cuesta ponerlo en orden. Sin compromiso.