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Cálculo y registro de la huella de carbono

Del dato al sello oficial: calculamos tu huella de carbono en los alcances 1, 2 y 3, elaboramos el plan de reducción y tramitamos la inscripción en el registro del MITECO.

Huella de carbono — Torreón Legal

Qué es la huella de carbono corporativa

Es la cuantificación de los gases de efecto invernadero emitidos por la actividad de una organización durante un periodo determinado, expresada en toneladas de CO2 equivalente. Se estructura en tres alcances:

AlcanceQué incluye
Alcance 1Emisiones directas: combustión en instalaciones fijas y móviles propias, flota de vehículos, fugas de gases refrigerantes y procesos.
Alcance 2Emisiones indirectas asociadas a la energía eléctrica adquirida y consumida, y a la energía térmica comprada.
Alcance 3Resto de emisiones indirectas de la cadena de valor: compras, transporte y distribución, residuos, viajes de negocio, desplazamientos del personal, uso de productos vendidos y fin de vida.

La Ley 7/2021 de cambio climático habilita al Gobierno para establecer la obligación de calcular y publicar la huella de carbono y de elaborar planes de reducción para determinadas empresas, y esa obligación se ha ido concretando por vía reglamentaria. Al margen de la obligación legal, la huella es hoy un requisito habitual en pliegos de contratación pública y en cuestionarios de homologación de proveedores.

Qué hacemos

  1. Definición de límites

    Establecemos el límite organizativo (control operacional o participación) y el límite operativo (qué alcances y qué categorías del alcance 3 se incluyen), y fijamos el año base.

  2. Recogida de datos de actividad

    Facturas de electricidad y combustibles, consumos de flota, gases refrigerantes recargados, kilómetros de viajes, residuos generados y datos de compras, con una plantilla guiada para que la recogida sea rápida.

  3. Cálculo

    Aplicamos los factores de emisión oficiales publicados por el MITECO y la metodología reconocida, con trazabilidad completa de cada dato y de cada factor utilizado.

  4. Informe y plan de reducción

    Informe de huella con desglose por alcance y por fuente, comparación con el año base y plan de reducción con medidas, objetivos cuantificados y calendario.

  5. Inscripción en el registro

    Tramitamos la inscripción en el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción del MITECO, para obtener el sello correspondiente.

Los sellos del registro

El registro del MITECO reconoce distintos niveles de compromiso mediante sellos: Calculo, para quien cuantifica su huella; Calculo y reduzco, cuando se acredita además una reducción efectiva respecto de ejercicios anteriores; y Calculo, reduzco y compenso, cuando se compensa mediante proyectos de absorción inscritos. Cada sello tiene requisitos propios y una validez determinada, y son los que efectivamente puntúan en licitaciones.

El error más común es calcular solo los alcances 1 y 2 cuando el pliego o el cliente pide alcance 3. En muchas empresas de servicios, el alcance 3 representa la mayor parte de la huella.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la huella de carbono

¿Es obligatorio calcular la huella de carbono?

Lo es para determinadas empresas en función de su tamaño y sector, conforme al desarrollo reglamentario de la Ley 7/2021. Para el resto es voluntario, pero cada vez menos opcional en la práctica: los pliegos de contratación pública y los cuestionarios de grandes clientes la exigen con creciente frecuencia. Analizamos tu caso y te confirmamos si estás dentro del ámbito obligatorio.

¿Qué datos necesitáis de nosotros?

Fundamentalmente facturas: electricidad, gas, gasóleo y combustibles de flota, con sus consumos. Además, recargas de gases refrigerantes, kilómetros recorridos por vehículo, viajes de negocio, residuos gestionados y datos de compras si se incluye alcance 3. Te enviamos una plantilla guiada para que la recopilación sea sencilla y no tengas que interpretar nada.

¿Hace falta verificación externa?

Depende del uso que se le vaya a dar. Para la inscripción en el registro del MITECO no siempre se exige verificación por tercero, pero determinados clientes, pliegos y esquemas de reporting sí la requieren. Si prevés necesitarla, diseñamos el cálculo desde el principio para que sea verificable sin rehacer el trabajo.

¿Qué diferencia hay entre reducir y compensar?

Reducir es disminuir las emisiones propias mediante medidas reales sobre la actividad: eficiencia energética, cambio de fuentes, electrificación de flota o cambio modal en los desplazamientos. Compensar es adquirir absorciones generadas por proyectos inscritos que retiran CO2 de la atmósfera. La normativa europea de protección del consumidor impide presentar la compensación, por sí sola, como neutralidad climática.

¿Lo tienes en regla?

Cuéntanos a qué se dedica tu negocio y cuántas personas trabajan contigo. Te decimos qué te obliga la ley, qué te falta y cuánto cuesta ponerlo en orden. Sin compromiso.