Igualdad y diversidad en la empresa
Planes de igualdad, registro y auditoría retributiva y medidas LGTBI. Negociados como exige la norma, con diagnóstico real y registrados donde corresponde.
Dos umbrales que lo cambian todo
En materia de igualdad hay dos momentos críticos. El primero es la primera contratación: activa el registro retributivo y el protocolo de acoso. El segundo son las 50 personas trabajadoras: activa el plan de igualdad, la auditoría retributiva, el plan LGTBI y el canal de denuncias, todos ellos con procedimiento de negociación formal.
Desde 50 personas
Plan de igualdad
Comisión negociadora, diagnóstico de los once ámbitos legales, medidas, seguimiento y registro en REGCON.
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Todas las empresas
Registro retributivo
Medias y medianas por sexo y agrupación, desglose por conceptos y justificación de brechas superiores al 25%.
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Con plan de igualdad
Auditoría retributiva
Valoración de puestos de trabajo, análisis de la brecha por factores y plan de actuación correctora.
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Más de 50 personas
Plan LGTBI
Conjunto planificado de medidas del RD 1026/2024, negociado y con su protocolo de acoso asociado.
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Ley 4/2023
Protocolo LGTBI
Actuación frente al acoso y la violencia LGTBIfóbica, con tratamiento reforzado de datos especialmente protegidos.
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Desde 1 persona
Protocolo de acoso sexual
Obligatorio para toda empresa y contenido obligatorio del plan de igualdad cuando este existe.
Ver servicioQué documento necesitas y cuándo
| Documento | Umbral | Norma y particularidad |
|---|---|---|
| Registro retributivo | Sin umbral | RD 902/2020. Anual, con medias y medianas y justificación si la brecha supera el 25%. |
| Protocolo de acoso sexual | Sin umbral | Art. 48 LO 3/2007. Exige difusión acreditada, no solo existencia. |
| Plan de igualdad | 50 o más | RD 901/2020. Negociado, con diagnóstico y registro obligatorio en REGCON. |
| Auditoría retributiva | 50 o más | RD 902/2020. Contenido obligatorio del plan de igualdad. |
| Plan LGTBI | Más de 50 | Ley 4/2023 y RD 1026/2024. Obligación reciente y muy incumplida. |
| Protocolo LGTBI | Más de 50 o convenio | Integrado en las medidas LGTBI, con datos de categoría especial. |
El cómputo de plantilla se realiza sobre el total de la empresa, no por centro de trabajo, e incluye contratos temporales y personal puesto a disposición por empresas de trabajo temporal conforme a las reglas específicas de cada norma.
Sobre este bloque
Acabamos de llegar a 50 personas. ¿Qué hacemos primero?
Iniciar el procedimiento de negociación del plan de igualdad, que tiene un plazo de tres meses desde que se alcanza el umbral. Y en paralelo, poner en marcha el canal de denuncias y las medidas LGTBI, que se activan en el mismo tramo. Es un momento de mucha carga documental y conviene planificarlo en un calendario único para no duplicar reuniones ni interlocuciones.
¿Se pueden negociar el plan de igualdad y el plan LGTBI a la vez?
Son procedimientos distintos y con documentos distintos, pero pueden coordinarse en un mismo calendario y con la misma interlocución sindical, lo que ahorra tiempo y coste. Es lo que hacemos habitualmente cuando ambas obligaciones se activan al mismo tiempo.
Nuestra plantilla oscila alrededor de 50 personas. ¿Estamos obligados?
El cómputo debe realizarse en los momentos que fija la norma, al menos el último día de junio y de diciembre, y una vez alcanzado el umbral la obligación se mantiene aunque la plantilla descienda después, mientras el plan esté vigente. Por eso conviene documentar el cálculo cada semestre y no confiar en la impresión general.
¿Lo tienes en regla?
Cuéntanos a qué se dedica tu negocio y cuántas personas trabajan contigo. Te decimos qué te obliga la ley, qué te falta y cuánto cuesta ponerlo en orden. Sin compromiso.