La nacionalidad española para venezolanos es una de las gestiones más demandadas en los últimos años, en paralelo al notable incremento de la comunidad venezolana residente en España. Venezuela figura entre los países iberoamericanos con convenio de doble nacionalidad, lo que permite a sus ciudadanos acceder a la nacionalidad española en plazos reducidos y sin necesidad de renunciar a la nacionalidad venezolana.
La vía general: residencia legal de dos años
El artículo 22.1 del Código Civil establece que los nacionales de países iberoamericanos, entre ellos Venezuela, pueden solicitar la nacionalidad española tras dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, frente a los diez años exigidos con carácter general para el resto de nacionalidades. Los requisitos que deben acompañar a este plazo reducido son:
- Residencia legal ininterrumpida durante esos dos años, acreditada mediante certificado de empadronamiento histórico y tarjetas de residencia sucesivas.
- Buena conducta cívica, sin antecedentes penales en España ni en Venezuela.
- Superación de las pruebas DELE A2 y CCSE del Instituto Cervantes.
- Suficiente grado de integración social, valorado a través del conjunto de la documentación aportada (vida laboral, empadronamiento, vínculos familiares).
Plazos aún más reducidos: un año de residencia
El artículo 22.2 del Código Civil contempla supuestos en los que el plazo se reduce a un solo año de residencia legal:
- Haber nacido en territorio español.
- Haber estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
- Estar casado con español o española y no hallarse separado legalmente o de hecho, al tiempo de la solicitud.
- Ser viudo o viuda de español o española, si a la muerte del cónyuge no existía separación legal o de hecho.
- Haber nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
El asilo y la protección internacional: vía especial para venezolanos
Un aspecto relevante para muchos venezolanos es la posibilidad de acortar aún más el plazo cuando se ha obtenido el estatuto de refugiado: el artículo 22.1 del Código Civil reduce a cinco años el plazo de residencia exigido a quienes hayan obtenido asilo o refugio en España, un régimen que, aunque no es exclusivo de Venezuela, ha sido invocado por un número creciente de solicitantes venezolanos ante la situación política y social de su país de origen.
Documentación específica para solicitantes venezolanos
Debido a la situación institucional en Venezuela, la obtención de determinados documentos (certificado de antecedentes penales del SAIME, certificado de nacimiento actualizado) puede resultar más compleja y lenta que en otros países. Es habitual que el Ministerio de Justicia admita, en determinados supuestos y de forma motivada, la sustitución de documentos difíciles de obtener por declaraciones responsables o certificaciones alternativas, si bien esto debe analizarse caso por caso y justificarse adecuadamente en el expediente.
¿Se pierde la nacionalidad venezolana al nacionalizarse español?
No. Al estar Venezuela incluida entre los países iberoamericanos del artículo 24 del Código Civil, no es necesario renunciar a la nacionalidad venezolana para adquirir la española, por lo que el solicitante puede disfrutar de ambas nacionalidades de forma simultánea y plena, con doble pasaporte y ejercicio de derechos civiles y políticos en ambos países conforme a su respectiva legislación.
El trámite y los tiempos de resolución
La solicitud se presenta telemáticamente ante el Ministerio de Justicia. Debido al elevado volumen de solicitudes de ciudadanos iberoamericanos, incluidos los venezolanos, los plazos de resolución pueden extenderse más allá del año legalmente previsto, lo que hace especialmente importante mantener actualizada toda la documentación y estar atento a posibles requerimientos de subsanación, cuyo plazo de respuesta suele ser de diez días hábiles.
Implicaciones fiscales al fijar la residencia en España
Muchos venezolanos que llegan a España mantienen patrimonio, cuentas o inversiones en Venezuela o en terceros países. Una vez consolidada la residencia fiscal en España conforme al artículo 9 de la Ley 35/2006 del IRPF, es imprescindible declarar la renta mundial y, en su caso, cumplir con la obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero (modelo 720), así como valorar la aplicación de los convenios internacionales que resulten de aplicación. Contar con asesoramiento fiscal para personas físicas desde el inicio de la residencia evita contingencias posteriores con la Agencia Tributaria.
Situación de los TIP venezolanos y su incidencia en la tramitación
Un factor a tener en cuenta para muchos solicitantes venezolanos es la dificultad para acreditar de forma continuada su identidad y estado civil, debido a las limitaciones que en ocasiones presenta el sistema de expedición de documentos en Venezuela. El Ministerio de Justicia español ha venido admitiendo, en aplicación de la Instrucción de 20 de marzo de 2006 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (hoy Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública) y de resoluciones posteriores, ciertas flexibilizaciones probatorias para ciudadanos de países con dificultades documentales acreditadas, permitiendo en determinados casos la sustitución de documentos por declaraciones juradas o certificaciones consulares alternativas, siempre justificando debidamente la imposibilidad de obtener el documento original.
Es recomendable, en cualquier caso, iniciar la recopilación de documentación con la máxima antelación posible, dado que los tiempos de expedición de certificados en Venezuela pueden ser considerablemente más largos que en otros países iberoamericanos, y cualquier retraso en la aportación de documentación puede alargar significativamente el plazo total de resolución del expediente.
Reagrupación familiar y nacionalidad de los hijos
Muchas familias venezolanas que inician el proceso de nacionalización se plantean también la situación de sus hijos menores. Conforme al artículo 20 del Código Civil, los hijos menores de edad de quien adquiere la nacionalidad española pueden optar a ella de forma simplificada, sin necesidad de cumplir el plazo de residencia exigido a los adultos, lo que conviene coordinar dentro de la misma estrategia familiar de tramitación para evitar procedimientos duplicados o descoordinados entre los distintos miembros de la unidad familiar.
Convalidación de permisos de conducir y otros trámites conexos
Junto con la nacionalidad, muchos venezolanos gestionan en paralelo la convalidación de su permiso de conducir venezolano, sujeta a los convenios bilaterales vigentes y a los plazos de residencia acreditada, así como la homologación de títulos universitarios, trámites que conviene coordinar dentro de una misma estrategia de instalación definitiva en España.
Acceso al mercado laboral mientras se tramita la nacionalidad
Mientras se resuelve la solicitud de nacionalidad, muchos venezolanos se plantean cómo compatibilizar su situación de residencia con el acceso al empleo. Es importante recordar que la tramitación de la nacionalidad no exige, por sí misma, ningún cambio en la autorización de residencia y trabajo vigente, por lo que conviene mantener actualizada la renovación de las correspondientes tarjetas de identidad de extranjero (TIE) durante todo el procedimiento, evitando situaciones de irregularidad sobrevenida que puedan perjudicar la solicitud de nacionalidad en curso.
Reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en Venezuela
Cuando el solicitante ha obtenido previamente el divorcio en Venezuela y pretende invocar los plazos reducidos de residencia vinculados al matrimonio con español, puede resultar necesario tramitar el exequátur de la sentencia venezolana ante los tribunales españoles, o acreditar su reconocimiento automático conforme a los convenios internacionales aplicables, un trámite adicional que conviene anticipar dentro de la planificación global del expediente de nacionalidad.
Trámites consulares durante el periodo de espera
Mientras se resuelve la solicitud de nacionalidad, es habitual que los ciudadanos venezolanos necesiten renovar su pasaporte o realizar otras gestiones ante el Consulado de Venezuela en España, cuyos plazos de cita y expedición pueden ser considerablemente largos. Conviene planificar estas gestiones con antelación suficiente para que no interfieran con los plazos improrrogables del expediente de nacionalidad, especialmente el plazo de 180 días para comparecer en el Registro Civil tras la resolución favorable.
Conclusión
La comunidad venezolana cuenta con vías claras y plazos reducidos para acceder a la nacionalidad española, manteniendo al mismo tiempo su nacionalidad de origen. En TorreonLegal ofrecemos asesoramiento integral, desde la tramitación de la nacionalidad hasta la planificación fiscal de tu nueva vida en España. Contacta con nuestro equipo y da el paso hacia tu nacionalidad española con todas las garantías.